Por Claudia Molina B.| Factos
Una interceptación telefónica sin respaldo técnico, una conversación privada con el presidente Boric y un número nunca vinculado al imputado: así se configuró uno de los episodios más cuestionables del caso ProCultura. El fiscal Patricio Cooper ordenó intervenir el celular de la psiquiatra Josefina Huneeus sin pruebas concretas, abriendo un flanco crítico sobre los límites del poder investigativo y el respeto a las garantías constitucionales.
Una conversación sin respaldo documental
La inclusión del teléfono de Huneeus en la interceptación autorizada judicialmente dentro del caso ProCultura ha generado preocupación entre juristas y actores políticos. El número en cuestión nunca apareció en los registros de compañías telefónicas vinculados a Larraín, según respuestas oficiales de Entel, fechadas el 31 de enero y 1 de febrero de 2024. Ambas respuestas identificaron sólo dos números asociados al investigado, dejando fuera el de la psiquiatra.
Incluso la Policía de Investigaciones, que realizó diligencias entre el 2 y 15 de febrero, no encontró indicios de relación entre Larraín y el teléfono de Huneeus. Pese a ello, el 2 de octubre el fiscal Cooper solicitó interceptar una serie de números, entre ellos el de la profesional, bajo el argumento de un vínculo con el investigado.
El origen: un certificado de Dicom
El único respaldo que presentó el Ministerio Público para mantener la interceptación fue un certificado de Equifax (Dicom), obtenido el 15 de octubre, que mencionaba una supuesta asociación entre Larraín y ese número. No se adjuntaron contratos, boletas, ni registros formales que acreditaran el nexo. Dos semanas después, el 16 de octubre, se pidió extender la escucha con base únicamente en ese documento.
Fuentes conocedoras del expediente afirman que la PDI y el propio fiscal habrían argumentado que, aunque el número no pertenecía a Larraín, escuchar a Huneeus aportaría antecedentes relevantes para el caso.
Una conversación con el Presidente
En una de las escuchas aparece el presidente Gabriel Boric conversando con Huneeus sobre temas de infancia y su interés en trabajar en el área. Pocas semanas después, la psiquiatra fue contratada por el Servicio Mejor Niñez, lo que levantó sospechas y especulaciones sobre el propósito real de la interceptación.
El hecho de que el mandatario fuera captado sin ser objetivo de la investigación ni existir respaldo documental suficiente para intervenir ese número ha levantado alarmas en el Poder Judicial y sectores políticos. Mientras algunos hablan de posible espionaje, otros sostienen que en casos complejos —como delitos económicos o corrupción— es común interceptar números cercanos a los imputados.
Fiscalía sin respuestas claras
El fiscal Cooper no ha dado explicaciones públicas sobre cómo se justificó la inclusión del teléfono. Quien sí respondió fue el fiscal Eduardo Yáñez ante la Corte de Apelaciones de Antofagasta: señaló que una abogada de la Fiscalía habría extraído el número desde el Dicom de Larraín, sin mayores verificaciones.
La defensa de Huneeus ha cuestionado la legalidad de todo el procedimiento, apuntando a una vulneración grave a su privacidad. Este viernes se conocerá la resolución del recurso de amparo presentado ante la Corte de Apelaciones, que busca anular la autorización de interceptación otorgada en octubre de 2024.
¿Error, omisión o abuso?
Lo ocurrido deja abiertas interrogantes sobre los límites del uso de herramientas intrusivas por parte del Ministerio Público. La ausencia de fundamentos sólidos, el uso de un certificado de Dicom como única prueba, y la captura de una conversación presidencial fuera del marco legal autorizable, dan pie a una seria reflexión institucional: ¿fue un error administrativo, una omisión deliberada o el uso indebido de facultades legales para fines ajenos a la causa?
Pero más allá de la resolución judicial, lo cierto es que este caso deja una pregunta urgente: ¿puede una fiscalía justificar la interceptación de una ciudadana —y con ello, la escucha del presidente— con un certificado de Dicom y sin respaldo técnico alguno? Si la respuesta es afirmativa, no estamos ante un error: estamos frente a un preocupante estándar de investigación que confunde intuición con evidencia, y desdibuja peligrosamente los márgenes del Estado de Derecho.